La Corte de Apelaciones de Nueva York revocó la sentencia de primera instancia en el caso YPF, reduciendo de manera significativa el riesgo de que Argentina deba afrontar un pago superior a USD 18.000 millones al fondo de litigios Burford Capital. El fallo considera que el estatuto de YPF no constituye un contrato bilateral susceptible de generar daños, sino una norma de organización societaria, cuestionando además el mecanismo legal utilizado por los demandantes. La decisión se apoya en la primacía de la legislación local argentina y marca un giro relevante en un proceso que acumulaba fallos adversos para el Estado.
El proceso no está completamente cerrado: Burford Capital conserva la posibilidad de solicitar una revisión o de escalar el caso hasta la Corte Suprema de Estados Unidos, aunque los analistas del ámbito jurídico señalan que las probabilidades de éxito en esa instancia son bajas. El litigio puso en evidencia el respaldo institucional sostenido por parte del Estado argentino, con continuidad en la estrategia legal y el apoyo de presentaciones realizadas por otros países de la región. Al mismo tiempo, expuso las limitaciones del enfoque inicial adoptado por los demandantes y la complejidad jurídica en torno a la expropiación y la estructura accionaria de YPF.
Desde una perspectiva macroeconómica, la reversión del fallo elimina un pasivo contingente de magnitud extraordinaria sobre las cuentas públicas argentinas. Un pago forzado de USD 18.000 millones hubiera representado un shock de magnitud difícilmente absorbible para las reservas internacionales del Banco Central y el perfil de deuda soberana. La mejora en el perfil financiero del Estado es inmediata en términos de percepción de riesgo, aunque el cierre definitivo del caso dependerá del eventual recorrido judicial que decida emprender Burford.

