Mediante la Comunicación «A» 8397, el Banco Central de la República Argentina implementó modificaciones en el régimen de encajes bancarios, buscando mejorar la gestión de liquidez del sistema financiero. La normativa flexibilizó la integración de encajes en pesos, permitiendo que las entidades bancarias puedan trasladar hasta 5% de subintegración al mes siguiente, otorgando mayor margen operativo para la administración de sus posiciones de efectivo mínimo.
Simultáneamente, la autoridad monetaria introdujo un encaje del 20% para líneas financieras del exterior con bancos vinculados de plazo menor a 180 días. Esta medida apunta a limitar arbitrajes de corto plazo y fortalecer la estabilidad del mercado cambiario, evitando movimientos especulativos de capitales que puedan generar volatilidad en el tipo de cambio. La normativa distingue entre líneas de crédito con entidades vinculadas y no vinculadas, estableciendo requisitos diferenciados según el perfil de riesgo.
Las modificaciones se inscriben en el proceso de normalización del sistema de encajes tras la salida del cepo cambiario y la transición hacia un esquema cambiario más flexible. La flexibilización en pesos busca facilitar la gestión diaria de tesorería de los bancos sin comprometer el control monetario, mientras que el encaje para líneas del exterior refuerza el esquema prudencial en un contexto de mayor apertura de la cuenta capital. Las entidades financieras deberán ajustar sus estructuras de fondeo considerando estos nuevos parámetros regulatorios.

